Departamento de Prensa.
Los pasos para el crecimiento del fútbol nacional se siguen dando. El Comité de Licencias de la Federación Costarricense de Fútbol (FEDEFUTBOL), acordó en firme y por unanimidad otorgar las primeras Licencias de Club Profesional.
Los equipos de Carmelita, Liberia, Pérez Zeledón y la Universidad de Costa Rica, son los primeros cuatro clubes que cumplieron con todos los requisitos y por lo tanto están habilitados para jugar durante las temporadas 2016-2017 y 2017-2018.
Los ocho restantes equipos que militan en la Primera División, han ido presentando la respectiva documentación, que debe estar completa a más tardar el 30 de junio.
“Por primera vez en los 95 años de la Federación los clubes de la Primera División presentaron su organización desde un punto de vista deportivo, infraestructura, legal, financiero y administrativo, lo que permite saber dónde están y que deben mejorar”, expresó Percy Chamberlain, miembro del Comité de Licencias.
Hay varios detalles que los clubes, aunque se le otorgue la Licencia deben tener muy presente, como que la misma es intransferible. En el caso de que se diera un cambio significativo en las condiciones de su club: su naturaleza jurídica, sede, nombre, cambio de administración, cambio de propietarios, entre otros, el club deberá someterse nuevamente al proceso de otorgamiento de la licencia para poder continuar participando en el Campeonato de UNAFUT o LIASCE que correspondiere.
Es deber del club al que se le aprobó la licencia, comunicar en un plazo máximo de 24 horas y por escrito al Comité cualquier acontecimiento posterior de relevancia económica que pueda arrojar dudas significativas en torno a su capacidad para seguir siendo una empresa en funcionamiento al menos hasta el final de la temporada.
Cuando haya una variación suficiente, como para reformar estatutos del club, deberá presentarse dicha información. La misma que deberá presentar el club, en caso de cualquier acontecimiento posterior de relevancia económica, deberá incluir una descripción de la naturaleza del acontecimiento o condición, y una estimación de su efecto financiero, o una declaración jurada sobre la imposibilidad de realizar tal estimación, en el caso de acontecimientos de relevancia económica.
La no presentación de dicha información obligará al Comité de Licencias a realizar una investigación sumaria, otorgando el debido proceso, a fin de corroborar la falta al deber de notificar hechos posteriores, en caso de confirmarse dicha falta se suspenderá la licencia respectiva, y en caso de que dicha suspensión continúe por más de seis meses se procederá a revocar la licencia.
Fuente: Federación Costarricense de Fútbol.
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